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Ordenan indemnizar a discapacitados víctimas de las esterilizaciones forzadas

Este miércoles la Corte Suprema de Japón emitió un fallo en el que ordena al Gobierno que indemnice a las personas con discapacidades hereditarias, físicas o mentales, víctimas de las esterilizaciones forzadas, para evitar su descendencia, que comenzaron en 1948 tras la aprobación de la ley de eugenesia.

Los damnificados durante décadas han impulsado medidas judiciales en busca de una indemnización, pero el Gobierno siempre se amparó en la prescripción a los 20 años del hecho para negarse a avanzar con el proceso. Finalmente, y luego de fallos de tribunales inferiores que calificaron como inconstitucional a la ley eugenesia, la Corte Suprema dictaminó que la norma estaba “significativamente en contra de la idea de respeto por la dignidad y la personalidad individuales” y violaba la Constitución Nacional.

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Además, la consideró como discriminatoria contra las personas con discapacidad, lo que también es inconstitucional. La sentencia del máximo tribunal también se opone a la idea de prescripción esgrimida por el Gobierno, ya que va en contra de “la idea de justicia y equidad”, y cuestionó el pago único de 3.2 millones de yenes (casi 20.000 dólares) ofrecido a las víctimas, al considerar que es insuficiente y no responsabiliza a las autoridades por las operaciones no consentidas.

De acuerdo con el equipo legal de los demandantes, 39 personas hicieron presentaciones en doce tribunales de distrito. Hasta el momento, doce de las demandas obtuvieron fallos a favor y seis, en contra. Además, destacaron que seis de las víctimas murieron luego del inicio del trámite legal. Tras conocer el fallo de la Corte Suprema, el primer ministro de Japón, Fumio Kishida, se disculpó con las víctimas y dijo que tiene previsto recibirlas hacia fin de mes para pedirles perdón en persona. También expresó que dio instrucciones a su Gabinete para que avance con la redacción de un “nuevo marco de compensación”.