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Corte en Japón falla en favor del matrimonio entre el mismo sexo

Un tribunal de Nagoya, Japón, dictaminó que la falta de reconocimiento legal al matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional. Éste se considera segundo fallo de este tipo emitido por una corte del país asiático.

Ante una demanda presentada por una pareja homosexual de unos 30 años, los jueces argumentaron que impedir ese tipo de uniones va en contra de la Constitución, que estipula la igualdad de hombres y mujeres ante la ley.

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El fallo señala que las legislaciones vigentes en Japón “ni siquiera brindan un marco para proteger las relaciones de parejas del mismo sexo“, violando el artículo 14 de la Constitución, que garantiza el derecho a la igualdad, y el artículo 24, que garantiza la libertad de matrimonio.

Tras conocer el veredicto se mostró la alegría de la pareja y simpatizantes, quienes, fuera de la corte, ondeaban banderas identificativas de la comunidad LGBTIQ+, al considerar el hecho como otro paso hacia la igualdad matrimonial en el país asiático.

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