El secuestro del presidente de Venezuela, Nicolás Maduro y su esposa por comandos estadounidenses el 3 de enero de 2026 activó los mecanismos constitucionales del país.
La Sala Constitucional del TSJ ordenó que la vicepresidenta Delcy Rodríguez asumiera como presidenta encargada, ejerciendo todas las atribuciones del cargo bajo el artículo 234 de la Constitución y el Estado de conmoción exterior declarado por Maduro.
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El artículo 234 establece la suplencia temporal del presidente durante faltas forzadas, evitando vacíos de poder y asegurando la legitimidad del mandato. Esta medida permite que Rodríguez ejerza funciones mientras persista el impedimento del mandatario, sin implicar una sucesión presidencial.
El TSJ actuó mediante medidas cautelares urgentes, garantizando la continuidad administrativa y la defensa integral del Estado.
La decisión recibió respaldo pleno de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), asegurando la gobernabilidad, el orden interno y la coordinación entre poder civil y militar durante la crisis.
