Rolando José Álvarez Lagos es sentenciado a 26 años y 4 meses a prisión

Compartir

La autoridad judicial del Juzgado Segundo de Distrito Penal de Juicio de la Circunscripción de Managua, sentenció a Rolando José Álvarez Lagos a 26 años y 4 meses de prisión , y deberá pagar 56 mil 461 córdobas con 15 centavos de multas, dinero que será utilizado para mejorar la infraestructura del Sistema Penitenciario Nacional.

Rolando José Álvarez Lagos fue declarado culpable de los delitos de menoscabo a la integridad nacional; propagación de noticias falsas a través de las tecnologías de la información y la comunicación; obstrucción de funciones agravadas, desobediencia y desacato a la autoridad, señala la sentencia leída por el Magistrado Presidente de la Sala Penal Uno del Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Managua.

Leer Aquí: Pdte. Daniel informará sobre la orden de deportación de 222 sentenciados

Álvarez Lagos fue condenado a la pena de 15 años de prisión e inhabilitación de forma perpetua para ejercer la función pública en nombre o en servicio del Estado de Nicaragua, así como ejercer cargo de elección popular, y se declaró la perdida de sus derechos ciudadanos de carácter perpetua, por ser autor del delito de menoscabo a la integridad nacional en perjuicio del Estado de la República y la sociedad nicaragüense.

La sentencia destaca que se declara la pérdida de la nacionalidad nicaragüense de Álvarez en estricto apego a la ley número 1145, ley especial que regula la pérdida de la nacionalidad nicaragüense. 
Leer También: Pdte. Daniel: La dignidad del pueblo de Nicaragua no se negocia

Asimismo, fue condenado a cinco años de prisión y 210 multas por ser autor del delito de propagación de noticias falsas por medio de la tecnología de la información y la comunicación en perjuicio del Estado de la República de Nicaragua y la sociedad nicaragüense.  Álvarez deberá paga la cantidad de 56,461 córdobas con 15 centavos por dichas multas.

Rolando José Álvarez Lagos también fue condenado a cinco años y cuatro meses de prisión por ser autor del delito de obstrucción de funciones agravadas en perjuicio del Estado de la República de Nicaragua y a un año de prisión por ser autor del delito de desacato a la autoridad en perjuicio del Estado de la República de Nicaragua.

Compartir