El Parlamento de Nicaragua, aprobó la Ley Creadora de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, a la vez que reformó parcialmente el artículo 138 de la Constitución Política, para suprimir la facultad del Poder Legislativo de elegir al Procurador (a) y Subprocurador (a) para la Defensa de los Derechos Humanos.
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La Ley Creadora de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos será un ente sin solución de continuidad de la Procuraduría de la Defensa de los Derechos Humanos creada mediante la ley número 212.
Indica que continuará siendo un ente autónomo del Estado, bajo la dependencia de la Procuraduría General de la República y supeditada a la Constitución Política y las leyes.