Un hombre de 43 años, oriundo de San Isidro, Argentina, descubrió mediante una prueba de ADN que los dos hijos menores que había reconocido como propios eran biológicamente de su primo. Tras el resultado, inició una demanda contra su expareja y el padre biológico de los niños. Un juzgado civil condenó a ambos a pagarle 1.500.000 pesos argentinos por daño moral.
La pareja comenzó a convivir en 2010 y tuvo tres hijos: una niña en 2012 y dos varones en 2015 y 2017. En 2018, el hombre sospechó de una infidelidad y descubrió la relación entre su pareja y su primo. En 2021, la Justicia modificó la filiación de los menores y reconoció la paternidad biológica del primo. En 2023, el hombre presentó la demanda por daños y perjuicios.
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Durante el juicio, la jueza consideró que la expareja debía informarle sobre la posibilidad de que los niños no fueran biológicamente suyos. También atribuyó responsabilidad al primo por su relación con la mujer y el vínculo familiar que mantenía con el demandante. El fallo concluyó que ambos incurrieron en un ocultamiento negligente que afectó el derecho del hombre a conocer la verdad sobre su paternidad.
La Justicia rechazó los reclamos por los gastos de manutención y cobertura médica de los menores, así como la indemnización por daño psicológico, porque no se acreditó un perjuicio de ese tipo. Sin embargo, fijó una compensación de 1.500.000 pesos por daño moral, con intereses desde el 24 de junio de 2021. La resolución corresponde a una sentencia de primera instancia.
